El contrato de prestación de servicios es un acuerdo civil o comercial, no laboral, en el que te comprometes a entregar un resultado de forma independiente. No hay subordinación ni horario impuesto, y por eso no genera prestaciones sociales como prima, cesantías o vacaciones: recibes honorarios, no salario.
Es la figura típica de los independientes que trabajan con empresas colombianas o con el Estado. Quien contrata suele exigir que pagues tu propia seguridad social —salud, pensión y en muchos casos ARL— a través de la PILA, calculada por regla general sobre una parte de tus honorarios según las reglas vigentes.
Bajo esta modalidad, tus ingresos brutos no son comparables con un salario: de ahí salen seguridad social, retenciones e impuestos. Presupuesta esos costos y guarda facturas y planillas, pues soportan tu declaración de renta ante la DIAN.