Las rentas exentas son ingresos que la ley colombiana grava con tarifa cero: entran en tu declaración de renta, pero por disposición expresa del Estatuto Tributario no pagan impuesto, total o parcialmente. Se diferencian de los ingresos no constitutivos de renta, que ni siquiera se consideran ingreso gravable desde el inicio.
Ejemplos típicos ante la DIAN incluyen un porcentaje de los pagos laborales, los aportes voluntarios a pensiones y cuentas AFC bajo ciertas condiciones, y componentes de las cesantías, entre otros definidos en la norma. Eso sí: las rentas exentas y deducciones no pueden superar los topes globales que fija la ley vigente.
Conocerlas puede reducir legalmente tu impuesto, pero aplicarlas mal genera sanciones y correcciones. Si declaras renta, considera revisar con un contador qué exenciones aplican a tu caso y guarda los soportes. La planeación tributaria seria se hace durante el año, no la semana antes de declarar.